Cursos CAP

El CAP (Certificado de Aptitud Profesional) es un requisito legal para obtener o renovar el carnet C1/C/C+E (camiones) y el carnet D1/D/D+E (autobuses).

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Acceso a empleo en el sector del transporte

El CAP es obligatorio para trabajar como conductor profesional en transporte por carretera, lo que amplía las oportunidades laborales en empresas de logística, autobuses o transporte de mercancías.

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Obligatoriedad legal

  • El CAP es requisito obligatorio en la UE para conducir vehículos de transporte profesional:
    • Transporte de mercancías (CAP Mercancías): Vehículos de más de 3,5 toneladas.
    • Transporte de pasajeros (CAP Pasajeros): Vehículos con más de 9 plazas (incluido el conductor).
  • Sin el CAP, no se puede ejercer legalmente en estos puestos, lo que limita las oportunidades a trabajos de conducción no profesional (ej: repartos en furgonetas ligeras).

Oportunidades laborales

  • Empresas de logística y paquetería (como DHL, Amazon, Correos) suelen exigirlo.
  • Sector de autobuses y autocares (transporte urbano, escolar, turístico).
  • Transporte internacional (UE y países con acuerdos).

Ejemplo práctico

Un conductor sin CAP solo podría trabajar con furgonetas de hasta 3,5 toneladas, mientras que con el CAP podría optar a sueldos más altos en empresas de transporte pesado o de pasajeros.

Mayor seguridad y formación especializada

El curso CAP incluye formación en seguridad vial, conducción eficiente y atención al cliente, mejorando las habilidades del conductor y reduciendo riesgos en carretera.

Más información

Contenido del curso CAP

  • Normativa y seguridad vial: Legislación laboral, tiempos de conducción y descanso (Reglamento UE 561/2006).
  • Conducción eficiente: Técnicas para ahorrar combustible y reducir emisiones.
  • Primeros auxilios y gestión de emergencias.
  • Atención al cliente (especialmente en CAP Pasajeros).

Beneficios prácticos

  • Reducción de accidentes: La formación en riesgos laborales y manejo del vehículo disminuye siniestros.
  • Ahorro para empresas: Conductores con CAP suelen generar menos multas y gastos por siniestralidad.
  • Adaptación a nuevas tecnologías: Uso de tacógrafos digitales o sistemas de asistencia a la conducción.

Ejemplo

Un conductor con CAP sabe cómo actuar ante una frenada brusca en un autobús lleno de pasajeros, evitando lesiones y cumpliendo protocolos legales.

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Ventaja competitiva y validez permanente

Una vez obtenido, el CAP no necesita renovación (salvo actualizaciones cada 5 años para transporte de pasajeros), lo que permite destacar frente a otros candidatos sin certificación.

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Estabilidad laboral

  • El CAP no caduca (excepto en CAP Pasajeros, que requiere un curso de renovación cada 5 años para actualizar conocimientos)
  • Es un diferencial en el CV: Muchas empresas priorizan a candidatos con CAP, incluso para puestos que no lo exigen por ley (ej: coordinadores de flotas).

Mejoras salariales

  • Según estudios del sector, los conductores con CAP pueden ganar entre un 10% y un 20% más que aquellos sin certificación.
  • Permite acceder a trabajos especializados (transporte de mercancías peligrosas, vehículos refrigerados, etc.), que suelen pagar mejor.

Ejemplo

Un conductor con CAP Mercancías podría especializarse en transporte de productos químicos (con cursos ADR), aumentando su sueldo y oportunidades en el sector químico o petrolero.

Certificado de Aptitud Profesional

El Real Decreto 1032/2007 (BOE nº 184, de 02.08.2007) establece una formación obligatoria para los conductores de determinados vehículos destinados al transporte de viajeros y mercancías por carretera.
A partir de ahora, además de los permisos de conducción, los conductores de vehículos de transporte de viajeros y mercancías tendrán que obtener la tarjeta CAP (Certificado de Aptitud Profesional) en sus dos modalidades: La cualificación inicial, que deben obtener los nuevos conductores con independencia del permiso de conducir y la formación continua dirigida a mantener actualizados los conocimientos de los conductores inicialmente exigidos.

¿Qué conductores están exentos del CAP?

No se exige el CAP a los conductores de vehículos:
N

De 45 km./h. de velocidad máxima.

N

Utilizados por los servicios de las fuerzas armadas.

N

De ensayo que estén sometidos a pruebas en carretera con fines de mejora técnica o mantenimiento.

N

Utilizados en situaciones de emergencia (o que estén destinados a misiones de salvamento).

N

Utilizados en clases prácticas destinadas a la obtención del permiso de conducir (o CAP).

N

Utilizados para el transporte privado particular de viajeros o mercancías.

Que transporten material o equipos para el uso del conductor en el ejercicio de su profesión, siempre que la conducción no represente la actividad principal del conductor.
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¿Qué conductores están exentos del CAP?

Cualificación inicial

El CAP se puede obtener en base a dos modalidades: 1. Cualificación inicial ordinaria: 280 h, 2. Cualificación inicial acelerada: 140 h.

Exenciones de cualificación inicial

Exenciones de cualificación inicial

  • De una de las categorías D1, D1+E, D, D+E o de un permiso reconocido como equivalente, expedido antes del 11 de septiembre de 2008.
  • De una de las categorías C1, C1+E, C, C+E o de un permiso reconocido como equivalente, expedido antes del 11 de septiembre de 2009.

Formación continua

Los conductores deberán superar un curso de 35 horas cada 5 años.

La formación podrá realizarse en periodos discontinuos siempre:

  • Que se impartan en un mismo centro autorizado.
  • Que sea en un mismo año natural.
  • Que ninguno de los periodos tenga una duración inferior de 7 horas.

La disposición transitoria segunda del Real Decreto dice:

«Los conductores exentos de la cualificación inicial deberán obtener el primer certificado de aptitud profesional acreditativo de haber superado un curso completo de formación continua a más tardar en los siguientes plazos.»

Formación continua

a) Los conductores de autobús entre el 10 de septiembre de 2011 y el 10 de septiembre de 2015, de acuerdo al siguiente calendario:

  • Los titulares de permiso de conducir cuyo nº termine en 1 o 2, antes del 10 de septiembre de 2011.
  • Los titulares de permiso de conducir cuyo nº termine en 3 o 4 antes del 10 de septiembre de 2012.
  • Los titulares de permiso de conducir cuyo nº termine en 5 o 6, antes del 10 de septiembre de 2013.
  • Los titulares de permiso de conducir cuyo nº termine en 7 u 8, antes del 10 de septiembre de 2014.
  • Los titulares de permiso de conducir cuyo nº termine en 9 o 0, antes del 10 de septiembre de 2015.

b) Los conductores de camión y tráiler entre el 10 de septiembre de 2012 y el 10 de septiembre de 2016, de acuerdo al siguiente calendario:

  • Los titulares de permiso de conducir cuyo nº termine en 1 o 2, antes del 10 de septiembre de 2012.
  • Los titulares de permiso de conducir cuyo nº termine en 3 o 4 antes del 10 de septiembre de 2013.
  • Los titulares de permiso de conducir cuyo nº termine en 5 o 6, antes del 10 de septiembre de 2014.
  • Los titulares de permiso de conducir cuyo nº termine en 7 u 8, antes del 10 de septiembre de 2015.
  • Los titulares de permiso de conducir cuyo nº termine en 9 o 0, antes del 10 de septiembre de 2016.

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